Dentro del proceso de negociación del AAP se
tuvo en cuenta las peticiones del sector privado de ambos países a través de
consultas entre los gremios y el gobierno. En cuanto a normas de origen se
contempló la implementación de métodos que permitieran una confiabilidad en el
certificado de origen expedido por Panamá; Colombia siempre recomendó los
procedimientos que se tenían en el país para el cumplimiento de las obligaciones
en los Acuerdos Comerciales y en los distintos esquemas de preferencias
existentes resaltando que estas recomendaciones deberían acogerse con especial
cuidado en el caso de los productos elaborados en la Zona Libre de Colón u otras
zonas especiales objeto de preferencias arancelarias.
Este AAP Nº 29 en el marco de la ALADI, inicialmente cobijó unos pocos
productos: Colombia concedió preferencias en 12 productos y recibió en 10. La
vigencia en Colombia es a partir del 1º de enero de 1995 mediante el
Decreto 2781 del 22 de diciembre de 1994.
Por esta razón, los Presidentes de los dos
países el 18 de diciembre de 2002, suscribieron una Declaración Conjunta de
temas de interés común, que incluye entre otros puntos, la instrucción a los
Ministros responsables del comercio exterior para que de manera inmediata
llevaran a cabo las negociaciones de ampliación de preferencias arancelarias
recíprocas en desarrollo de dicho AAP.
La instrucción fue atendida y como resultados de las
negociaciones, en la reunión de los equipos técnicos de Colombia y Panamá en
Bogotá durante los días 10 y 11 de marzo de 2003, se consideró la inclusión de
nuevos productos en el AAP.
En la mayoría de los casos se dio acceso en doble vía, es
decir que las preferencias otorgadas por Panamá también tuvieron algún nivel
preferencial en el acceso por parte de Colombia.
las nuevas preferencias recíprocas, se
adicionaron al AAP mediante el
Primer Protocolo al mismo suscrito en
Cartagena el 28 de abril de 2003. La ampliación se realizó a unos 60 productos
de Parte y Parte.
El instrumento de Colombia para la vigencia de
estas nuevas preferencias es el
Decreto Nº 1845 del 4 de julio de 2003 publicado
en el Diario Oficial Nº 45.241 del 8 de julio de 2003.
Luego de la firma del Segundo Protocolo
Modificatorio del Acuerdo de Alcance Parcial (AAP) que tuvo lugar el 15 de
febrero de 2005 en Panamá, entre los Ministros de Comercio de Colombia, Jorge
Humberto Botero y de Comercio e Industrias de Panamá, Alejandro Ferrer, se
lograron preferencias recíprocas entre el 100% y 30%. Que incluyen Pescados y
moluscos, palmitos, frutas tropicales, caucho, baúles y maletas, papeles, cascos
de seguridad, tuercas y tornillos y vidrios de seguridad, entre otros. Este
entra en vigencia el 17 de marzo de 2005.
En el 2004 se desarrolló la segunda ronda en el marco del AAP que culminó con la
ampliación de nuevos productos los cuales se incorporarán al Acuerdo mediante el
Segundo Protocolo Modificatorio.
Los niveles de comercio entre Colombia y Panamá alcanzan los 200 millones de
dólares de los cuales Colombia exporta al país vecino cerca de 171 millones de
dólares.
Acuerdo
Protocolo
Segundo Protocolo Modificatorio del
Acuerdo de Alcance Parcial No. 29