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LEASING EN COLOMBIA
(Tomado del e-Book: LEASING incluido en el CD BusinessCol.com)
Colombia, debido a sus permanentes problemas sociales y políticos, así como a su incipiente desarrollo económico, agregaba un factor de riesgo muy grande a cualquier operación de leasing, a lo cual hay que sumarle la negativa del Gobierno a darle impulso a la figura por medio de normas contables, financieras y jurídicas.
La suma de todos estos factores impidió de forma tajante el crecimiento del leasing como una figura importante de financiamiento operacional.
Durante la década de los sesentas, se crearon varias sociedades limitadas cuyo fin era suplir las necesidades de captación y colocación de recursos, así como el mejorar el sistema de crédito. Estas empresas no eran vigiladas por la Superintendencia Bancaria hasta el año de 1974, cuando el Decreto 971 de ese año entró a regular a las entidades que manejaban recursos provenientes del ahorro privado, obligando a todas las referidas a convertirse en sociedades anónimas y comenzar con un capital pagado de al menos 10 millones de pesos.
Con el decreto 1970 de 1979, se da el espaldarazo a la figura de Compañía de Financiamiento Comercial, regulando sus actividades y su cuadro de inversiones, así como las garantías necesarias para su funcionamiento.
Con la creación de las CFC, el objetivo primordial era dar impulso al comercio de bienes y servicios, especialmente a los establecimientos ubicados en los niveles medio – bajo y bajo de ventas, los cuales no podían invertir grandes porciones de su patrimonio en la adquisición de bienes de rápida obsolescencia.
Después de la apertura económica propiciada por el gobierno Gaviria, se da un importante crecimiento en el uso del leasing, hasta el punto de identificar el periodo 1992 – 1996 con el auge de esta figura.
De acuerdo a su definición legal, las compañías de financiamiento comercial son “…instituciones que tienen por función principal captar recursos a término, con el objeto primordial de realizar operaciones activas de crédito para facilitar la comercialización de bienes y servicios, y realizar operaciones de arrendamiento financiero o leasing.”
Con este objetivo en mente, el gobierno se puso a la tarea de volver atractivo y rentable el negocio de arrendamiento financiero: se crearon incentivos tributarios para el uso del leasing como figura de financiamiento, se otorgaron preferencias fiscales a los intereses pagados por este concepto, y poco a poco se fueron modificando los conceptos y normas para hacer óptimo el esquema de leasing para ambas partes.
No fue sino hasta 1972, en pleno auge económico nacional, que se crea Citycol, primera compañía nacional de leasing. Esta empresa se especializó principalmente en arrendamiento de maquinaria y equipo para empresas grandes.
Durante el periodo comprendido entre 1975 y 1980 se crean las primeras compañías, éstas ya con un portafolio de productos más amplio, incluyendo vehículos, instrumentos e instalaciones.
Entre 1979 y 1982 se hacen los primeros esfuerzos por normalizar la actividad de leasing, introduciendo nuevos términos en el argot legal de las finanzas (“leasing financiero”, para distinguirlo del “leasing operativo”), sometiendo las empresas de leasing a la vigilancia de la Supersociedades, y prohibiendo la captación masiva de recursos del público sin autorización previa.
Hasta 1982, el Gobierno sólo intentó controlar la actividad, pero a partir de esta fecha, se dedicó a restringir en gran medida la figura del leasing. En 1983, grava el canón de arrendamiento con una tarifa del IVA del 10%. Durante 1986, excluye del costo contable el componente inflacionario de los intereses y demás costos y gastos financieros. En 1989 se dispone que las compañías de leasing deben estar bajo vigilancia de la Superintendencia Bancaria.
Con la apertura económica propiciada por el gobierno de Cesar Gaviria, se da un importante impulso a la actividad, que debe actuar como motor del desarrollo industrial. Por este motivo, en 1991 se impone la depreciación en línea recta de los bienes en leasing, en 1992 se desgrava del IVA y se permite descontar el IVA por adquisición de bienes en leasing del impuesto a la renta, en 1993 y 1994 se reglamenta la actividad y se les permite efectuar nuevos tipos de leasing. En 1995 se divide el leasing en el que tiene beneficio fiscal y el que no.
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