COLOMBIA, Agosto 27 de 2026. El Departamento Nacional de Planeación (DNP) comunicó el fallo emitido el pasado 24 de agosto de 2026 por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Tumaco, en Nariño, dentro del proceso judicial correspondiente a la acción de tutela número 528353107004-2026-00066-00. Esta tutela fue interpuesta en contra del DNP, la Agencia de Renovación del Territorio y la Secretaría Técnica del OCAD Paz, por parte de los representantes legales del Consejo Comunitario Unión del Río Rosario y la Asociación Municipal de Pescadores Artesanales de Tumaco Faeneros del Mar.
El magistrado del juzgado penal declaró improcedente la acción de tutela, argumentando que no se cumplía el requisito de subsidiariedad debido a que existía otro mecanismo judicial disponible para atender las reclamaciones de los demandantes, por lo cual se denegó el amparo solicitado. Además, el fallo advierte a las partes involucradas que el mismo puede ser impugnado dentro de los tres días siguientes a su notificación, conforme a lo estipulado en la Ley 2213 de 2022.
En cumplimiento con lo ordenado dentro del fallo, el DNP publicó el texto completo de la providencia en el portal oficial de la Convocatoria 4 OCAD Paz, la cual corresponde a los proyectos para el bienio 2025-2026 destinados a la implementación y promoción de iniciativas de desarrollo en el marco del proceso de paz en Colombia. Esta acción busca asegurar que los recursos y mecanismos asignados para el posconflicto se ejecuten con transparencia y dentro del marco legal establecido.
El Departamento Nacional de Planeación destacó que su actuación se mantiene en cumplimiento con las decisiones judiciales impartidas y que continuará promoviendo la participación de las comunidades en los procesos de asignación y ejecución de recursos del OCAD Paz, con el fin de beneficiar a las regiones afectadas por el conflicto armado en el país. Para el DNP es fundamental garantizar la legalidad y la efectividad de los recursos públicos que contribuyen al desarrollo social y económico de las víctimas y territorios priorizados.
Para consultas adicionales relacionadas con la Convocatoria 4 OCAD Paz, el DNP invita a las personas y entidades interesadas a comunicarse mediante el correo electrónico oficial de la Secretaría Técnica del OCAD Paz: stecnicaocadpaz@dnp.gov.co.
El fallo judicial y la transparencia en su publicación en medios oficiales refuerzan la institucionalidad y el compromiso del Estado colombiano con los procesos legales y de desarrollo territorial, reafirmando la importancia de mecanismos eficaces para dirimir controversias y garantizar los derechos de las comunidades involucradas en proyectos de impacto social.
El texto íntegro del fallo de tutela puede ser consultado y descargado a través del siguiente enlace: Sentencia del 24 de agosto de 2026 — Acción de tutela No. 528353107004-2026-00066-00.
Redacción BusinessCol
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