COLOMBIA, Julio 27 de 2026. En una medida orientada a facilitar la movilidad internacional de grupos prioritarios, la Cancillería colombiana ha habilitado la expedición gratuita del pasaporte para ciertos sectores de población priorizada durante el año 2026. Esta iniciativa busca apoyar a ciudadanos con limitaciones económicas, personas con discapacidad, y otros grupos que requieren viajar al exterior por motivos humanitarios, laborales o educativos.
Uno de los requisitos fundamentales para acceder a esta exención es pertenecer a los niveles A, B o C del Sisbén, mecanismo oficial para identificar a las personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica. Además, la Cancillería realiza una revisión individualizada de cada solicitud para verificar la vigencia y autenticidad de la documentación presentada, que incluye, entre otros, la cédula de ciudadanía y certificados de discapacidad expedidos por el Ministerio de Salud, cuando aplique.
La medida no solo está dirigida a personas con condiciones especiales, sino que también incluye a jóvenes menores de 25 años que cursen estudios en el exterior, adultos mayores de 62 años, trabajadores con contrato internacional, niños en condición de adoptabilidad bajo protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y delegaciones deportivas, culturales o científicas que representen al país en eventos internacionales. Asimismo, contempla a quienes necesiten viajar por tratamientos médicos especializados o para atender emergencias familiares en el extranjero.
La Cancillería ha establecido que la solicitud para obtener el pasaporte gratuito se puede tramitar, en Bogotá, directamente en las sedes Norte y Centro, sin necesidad de agendar cita previa, facilitando el acceso para los interesados. La atención está disponible de lunes a viernes entre las 7:00 a. m. y las 5:00 p. m. Durante este horario, los funcionarios verifican los documentos y resuelven dudas para avanzar en el proceso de entrega.
Cabe destacar que la exención puede extenderse a un acompañante, siempre que exista una relación comprobada por parentesco en primer grado o vínculo formalmente reconocido, tal como matrimonio o unión marital de hecho registrada oficialmente. Sin embargo, el acompañante debe ser mayor de edad para acceder al beneficio.
Los documentos que soportan situaciones particulares, como estudios, contratos laborales o tratamientos médicos en el exterior, deben estar apostillados o legalizados y contar con traducción al español, en caso de ser necesario, para ser válidos ante la autoridad colombiana. Estas disposiciones se fundamentan en la Ley 1212 de 2008, el Decreto 3455 de 2008, la Ley 2136 de 2021 y la Resolución 6888 de 2021, normativas que regulan la expedición del pasaporte y sus exenciones en Colombia.
Con esta política, el Gobierno nacional reafirma su compromiso de garantizar la libertad de movilidad y facilitar el acceso a documentos de viaje esenciales para la población más vulnerable y los ciudadanos que deben desplazarse por necesidades de salud, educación y trabajo. Esta iniciativa representa un alivio económico para cientos de colombianos que necesitan cumplir trámites relacionados con pasaportes y afrontan dificultades para costear estos gastos en la actualidad.
Por último, las personas interesadas deben presentar la documentación correspondiente ante la Cancillería para que cada caso sea evaluado conforme a la reglamentación vigente, garantizando transparencia y cumplimiento normativo en la entrega de este beneficio social.
Redacción BusinessCol
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