La reforma tributaria en Colombia bajo el gobierno del presidente Gustavo Petro, tiene como objetivo recaudar 19,7 billones de pesos en el año 2023 y un promedio de 20 billones de pesos en las siguientes anualidades. La norma sancionada como la Ley 2277 del 13 de diciembre del 2022, explica que bajo la equidad, eficiencia y aumento de la tributación sobre las personas con mayor capacidad contributiva, se pueda atender la deuda social histórica con las personas más vulnerables del país.
Teniendo en cuenta para algunas reformas la Unidad de Valor Tributario (UVT), entre algunas de las disposiciones claves de la reforma, se encuentran:
- La tarifa de retención en la fuente para los dividendos de personas naturales, (beneficios para accionistas de una empresa) quedó en 15% a partir de 1.090 UVT. Quienes no residan en Colombia, deberán asumir un 20% de retención.
- Las personas con ingresos mayores a 13 millones de pesos mensuales pagarán más impuestos de renta y más de dos terceras partes del recaudo adicional provendrán de personas con ingresos superiores a 20 millones de pesos mensuales.
- La renta exenta a personas naturales se fijó como el 25 % del valor total de los pagos laborales, limitada anualmente a 790 unidades de valor tributario (UVT).
- Para personas jurídicas, el impuesto sobre la renta se mantiene en un 35%.De igual manera, se crea un impuesto mínimo global que incluye una fórmula para determinar si la tasa de tributación es menor al 15%.
- Renta gravable de 50.000 UVT o más a las personas jurídicas que realicen extracción de hulla, carbón lignito y petróleo crudo, con variaciones entre el 0 % y 15 %, según corresponda.
- El impuesto al patrimonio se vuelve permanente cuando el patrimonio líquido (activos menos pasivos) supere los $2.736 millones (72.000 UVT) para 2023, contemplando tarifas progresivas del 0%, 0.5%, 1% y 1.5% que aplicarán de 2023 al 2026, y de 0%. 0.5% y 1% a partir de 2027.
- El impuesto sobre las ventas (IVA) no cambió, pero se eliminan las jornadas del día sin IVA.
- Se crearon reformas en las tarifas con respecto al Régimen Simple.
- Se reformaron los montos para ganancias ocasionales, vivienda de habitación propiedad del causante, hasta 13.000 UVT; bienes inmuebles diferentes a la vivienda de habitación propiedad del causante, hasta 6.500 UVT, eliminándose la exclusión de casas quintas o fincas de recreo; porción conyugal, herencia o legado que reciben el cónyuge y herederos, hasta 3.250 UVT; el 20 % del valor de los bienes y derechos recibidos por personas diferentes a los legitimarios y/o el cónyuge supérstite por concepto de herencias y legados, hasta 1.625 UVT; utilidad en la venta de la casa o apartamento de habitación del contribuyente, hasta 5.000 UVT; indemnización por seguro de vida, hasta 3.250 UVT y las ganancias ocasionales que incluyan premios de lotería, serán gravadas con un 15%.
- Para los sectores de carbón y petróleo, se creó una sobretasa de renta en función de los precios internacionales: 5 % o 10 % para carbón y de 5 %, 10 % o 15 % para petróleo.
- Se creó el nuevo gravamen que recae sobre productos plásticos de un solo uso para envasar, embalar o empacar bienes.
- Se establecieron sanciones para aquellos que incurran en evasión tributaria.
- Sobretasas de 5 puntos para entidades financieras, aseguradoras, comisionistas de bolsa y demás, hasta el 2027, y solo cuando tengan una renta gravable igual o mayor a 120.000 UVT.
- Se incluyeron los impuestos a las bebidas azucaradas y los comestibles ultra procesados.
Finalmente, cabe destacar que aunque la reforma tributaria comenzó a aplicar para procedimientos tributarios a partir del 13 de diciembre del año 2022, desde el 1 de enero de 2023, regirá para los demás cambios, excepto para los impuestos saludables que entrarán en vigor a partir de noviembre de 2023.
Redacción BusinessCol.com